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La Diputación aprueba hoy en su Pleno la modificación de las bases para dotar de mobiliario, maquinaria y enseres a los servicios públicos culturales, deportivos, parques y jardines

Contempladas en el Plan Supera 7 Programa Municipal Específico para inversiones financieramente sostenibles destinadas a su funcionamiento

 

El Pleno de la Diputación de Sevilla ha ratificado hoy la modificación de las bases para el Programa Municipal Específico del Plan Supera 7 de dotación de mobiliario, maquinaria y enseres para el funcionamiento de los servicios públicos culturales, deportivos y de parques o jardines. Una modificación que surge ante la situación excepcional de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, que ha alterado el funcionamiento de las empresas y que ha afectado a los plazos de fabricación y de suministros de aquellas empresas que iban u optaban a ser adjudicatarias de los contratos realizados por parte de los Ayuntamientos concesionarios de la subvención.

Han sido reiteradas las peticiones y la urgencia por parte de los Consistorios dada la fecha de la concesión para poder lograr un correcto desarrollo del Programa y así poder satisfacer el interés público en cuanto a la ejecución de las inversiones, de ahí que sea necesario la modificación del régimen de transferencias establecido en varios puntos de las bases, así como otros dentro de las bases específicas del Programa.

En definitiva, las subvenciones se abonarán de la siguiente forma: el 75% del importe al aprobarse la resolución de la concesión y el 25% restante tras la acreditación, con anterioridad al 1 de diciembre de 2020, por parte del Ayuntamiento beneficiario de la adjudicación del contrato o contratos necesarios para la ejecución del proyecto subvencionado.

En cuanto a los gastos subvencionables y periodo de ejecución, la contratación e instalación del objeto subvencionable podrá abarcar desde el 1 de junio de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020 y solo se admitirán los gastos que se hayan generado antes de finalizar el periodo de justificación. Por otra parte, el periodo de ejecución de la actuación podrá abarcar desde el 1 de junio de 2019 al 31 de diciembre de 2020 y los beneficiarios podrán justificar las subvenciones concedidas el 31 de marzo de 2021.

 

Protocolo General del Acuerdo de Concertación Social para la Economía, la Innovación y el Empleo en la Provincia 2020-2022

El Pleno también ha aprobado hoy el Protocolo General del Acuerdo de Concertación Social para la Economía, la Innovación y el Empleo en la Provincia 2020-2022, que se viene formalizando desde 2008 entre la Diputación, la Confederación de Empresarios de Sevilla (CES) y los sindicatos UGT y CCOO. Su objetivo no es otro que el de mantener la colaboración entre los agentes sociales, empresariales y la Institución Provincial para fomentar y mejorar las condiciones de empleabilidad en igualdad de oportunidades, apoyar el mantenimiento del tejido empresarial, fomentar las iniciativas y vocaciones empresariales emprendedoras en cualquiera de sus formas jurídicas, así como impulsar la dinamización económica, la creación del tejido industrial, la diversificación sectorial y la sostenibilidad social y medioambiental de la estructura productiva de la provincia de Sevilla.

Este Protocolo contempla una serie de ejes enfocados hacia la formación y el empleo, el tejido productivo, desarrollo empresarial e innovación, el eje de cohesión territorial y social, así como el de servicios y administración pública.

 

Derogación y modificación de ordenanzas y reglamentos provinciales

Otro de los puntos que ha abordado el Plenario ha sido la derogación y modificación de las ordenanzas y de los reglamentos provinciales con el objetivo de aumentar la transparencia y la predictibilidad del ordenamiento jurídico.

En el conjunto normativo de la Diputación se encuentran en vigor ordenanzas y reglamentos provinciales que por el tiempo transcurrido desde su aprobación han quedado obsoletos, superados por la aprobación de normativa posterior o que regulan servicios, programas o centros inexistentes o sin contenido actual, circunstancias que refuerzan aún más la necesidad de realizar una tarea de actualización normativa.

 

Periodo medio de pago a proveedores

Por último, y entre otros puntos del orden del día, el Plenario ha conocido el periodo medio de pago a proveedores durante los meses de julio y de agosto, situándose en julio en 11,49 días, con un global de 11,26. Mientras, en agosto, el periodo medio de pago fue de 10,91 días con un global de 10,60.