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El BOP publica hoy la convocatoria de subvenciones del Área de Cultura y Ciudadanía para Ayuntamientos y ELAs

El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado hoy la convocatoria de las distintas líneas de subvenciones que el Área de Cultura y Ciudadanía convoca cada año, en régimen de concurrencia competitiva, para los Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomas de la provincia de Sevilla. Todas las entidades interesadas cuenta con un plazo de quince días para participar en la misma.

 

Se trata de varios programas que incluyen, entre otros, a monitores culturales, la realización de actividades culturales y deportivas, la celebración de festivales flamencos y el destinado a la mejora de los archivos municipales.

En el programa de monitores culturales el objetivo del mismo es ayudar a los Ayuntamientos con población igual o inferior a veinte mil habitantes y a las Entidades Locales Autónomas en el fomento de recursos culturales mediante la cooperación en el sostenimiento de los monitores culturales y del personal especializado en esta materia para mejorar la realización de las actividades que en el ámbito de la cultura se desarrollen en el municipio.

El referido a la realización de actividades culturales a lo largo del presente año incluye los certámenes de artes escénicas, artes plásticas, audiovisuales, literarios y del ámbito de la comunicación. En este apartado quedan excluidas las actividades insertas en los programas de Fomento y Cooperación Cultural con los Ayuntamientos, La Escena Encendida y el CIPAEM. Asimismo, se excluyen de este programa los Festivales Flamencos, que son objeto de otra convocatoria específica.

En cuanto a éstos últimos, los Festivales Flamencos son considerados como una manifestación cultural que coadyuva a la consecución de los fines que, en esta materia, persigue la Diputación y que sirve de cauce de expresión de una de las materializaciones más genuinas y representativas de nuestro folclore.

Por último, los Ayuntamientos y ELAs pueden concurrir a la línea o programa de subvenciones para financiar las inversiones que se realicen para la adquisición y mejora de equipamientos e instalaciones de los archivos municipales de la provincia cuyos municipios posean una población inferior a veinte mil habitantes, preferentemente los de menos de cinco mil y diez mil habitantes por este orden.